FISHEMO cuenta actualmente con 4 fisioterapeutas altamente cualificados para desarrollar una fisioterapia y rehabilitación de alta calidad y un gran éxito en sus tratamientos.
Nuestros profesionales informan a los pacientes acerca del diagnostico fisioterápico, pronóstico y posibilidades terapéuticas para la recuperación de su lesión, invitandoles a participar en el proceso de su recuperación.Ofrecemos un servicio realizado por fisioterapeutas colegiados, en instalaciones completamente equipadas y en un ambiente saneado y agradable, respetando el derecho a la intimidad de los usuarios, mediante la aplicación de tratamientos individuales y personalizados.
-
QUÉ ES LA FISIOTERAPIA : Según el artículo 5º del Código Deontológico del Ilustre Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid: "La Fisioterapia es el arte y la ciencia del tratamiento físico; es decir, el conjunto de métodos, actuaciones y técnicas, que mediante la aplicación de medios físicos curan, previenen las enfermedades, promueven la salud, recuperan, habilitan, y readaptan a las personas afectadasde disfunciones somáticas o a las que se deseamantener a un nivel adecuado de salud. Además la Fisioterapia incluye la ejecución de pruebas eléctricas y manuales precisas para determinar el valor de la afectación de la inervación y fuerza muscular, pruebas para determinar las capacidades funcionales, la amplitud de movimiento artícular, y medidas de la capacidad vital, así como ayudas diagnósticas para el control de la evolución".
-
QUIÉN PUEDE EJERCER LA FISIOTERAPIA: El Fisioterapeuta es el único profesional no médico, con formación universitaria capacitado para ejercer la Fisioterapia. Según el artículo 7º de los Estatutos del Ilustre Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid, publicados en el BOCM nº 282, del 27 de Noviembre de 1998. "Corresponde en exlusiva la denominación y función de Fisioterapeuta a quienes ostenten la titulación de Diplomado en Fisioterapia de acuerdo con el Real Decreto 2965/80 de 12 de Diciembre, aquellos que tengan la especialidad de Fisioterapia reglamentada en el decreto del 26 de Julio de 1957, los profesionales habilitados con anterioridad al citado Decreto para ejercer la Fisioterapia, y aquellos que estén en posesión de los títulos extranjeros que, conforme a las normas vigentes, sean homolagados a aquellos"
-
FUNCIONES DEL FISIOTERAPEUTA: Según los artículos 6º y 7º del Código Deontológico del Ilustre Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid: "Son funciones de los fisioterapeutas, entre otras, la aplicación de tratamientos con medios físicos que se prestan a enfermos de todas las especialidades de medicina y cirugía donde sea necesaria la aplicación de dichos tratamientos, entendiendose por medios físicos: eléctricos, térmicos, mecánicos, hídricos, manuales y ejercicios terapéuticos con técnicas especiales en: respiratorio, parálisis cerebral, neurología y neurocirugía, reumatología y ortopedia, coronarias, lesiones medulares, ejercicios maternales pre y post parto y cuantas técnicas fisioterápicas puedan utilizarse en el tratamiento de enfermos. Estas funciones se desempeñaran en instituciones sanitarias, centros docentes, centros de servicios sociales, instituciones deportivas, consultorios de fisioterápia, centros de rehabilitación, gimnasios terapéuticos y domicilios de los usuarios." "El objetivo último de la Fisioterapia, es preservar, restablecer y aumentar el nivel de salud de los ciudadanos a fin de mejorar la calidad de vida de la persona y de la comunidad". Para ampliar información conectate a la Web de Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Madrid. http://www.cfisiomad.org